martes, 20 de septiembre de 2011

FUNCIONES DE LIBERADOS SINDICALES Y PROPUESTA DE REFORMA EN RECORTES

Los representantes sindicales pueden ceder sus horas sindicales y agruparlas con la de otros delegados, siempre que sean del mismo sindicato (UGT, CCOO, CGT), para liberar a uno de los representantes elegidos por los trabajadores, también de la misma organización. Si entre todas las horas cedidas se cubre el horario laboral que por contrato tiene el delegado escogido para representar al resto se dice que se le libera de realizar las funciones de su puesto de trabajo para defender los derechos de sus compañeros de empresa. Estos liberados tienen derecho a que se les guarde la plaza.
No se sabe el número concreto de liberados sindicales, pero en el sector privado se calcula unos 4000.

La reforma en los recortes de los liberados sindicales trata de reducir las horas sindicales, para que los liberados no acumulen el total de horas de todos los delegados sindicales, así no se podrán liberar. Por consecuencia se reducirá el número de liberados sindicales.
Por lo general, se piensa o pensamos que los liberados sindicales son individuos que no quieren trabajar. Graso error, ya que trabajan las mismas horas o más para defender y resolver conflictos entre los trabajadores y empresarios.
Conocen muy bien los deberes y derechos de los trabajadores y empresarios dentro de la empresa, y hacen de mediadores entre ambos llegando a un resultado objetivo. 
Podéis dejar un comentario sobre vuestra experiencia u opinión. 

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